BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación "A" 6829
Buenos Aires, 14 de Noviembre de 2019.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Disponer que lo establecido en el punto 14. de la Comunicación “A” 6770 y complementarias no resulta de aplicación a las transferencias que realicen las empresas de asistencia al viajero por los pagos de siniestros de cobertura de salud originados en servicios prestados en el exterior por terceros a sus clientes residentes.
En este sentido, la entidad interviniente deberá contar con la documentación que le permita verificar la genuinidad del monto transferido.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta
Gerente Principal de Exterior y Cambios a/c
Agustín Torcassi
Subgerente General de Regulación Financiera