Y VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto y fundado por el Banco Central de la República Argentina el 3/06/2022 –en subsidio de la revocatoria, que fue rechazada en el auto del 8/06/2022-, contra la resolución del 5/05/2022, concedido en los términos del art. 246 del CPCCN (ver auto del 8/06/2022), fundado –nuevamente- por el memorial del 16/06/2022, cuyo traslado fue replicado por la parte actora el 28/06/2022; y,
CONSIDERANDO:
I.- Que, por la resolución del 5 de mayo de 2022, el señor juez de primera instancia, admitió la medida cautelar solicitada por la firma PERTEK SRL y, por consiguiente, suspendió la aplicación de la Comunicación “A” 7030, y sus modificatorias, “permitiéndose de este modo el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para proceder -exclusivamente- al pago de la deuda pendiente con el proveedor “SHAOXING JIAJIA IMPORT AND EXPORT CO. LTD”, por importación de bienes, que ya se encuentra en su poder y que, conforme lo manifestado por la peticionante, asciende a la suma de U$S 968.947”. Fijó la caución real por un monto de PESOS…
Jurisprudencia
Pertek c/ EN-BCRA-Comun A7030, A7068, A7151 s/ Inc apelación
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